Si tiene un niño de 7 años o más que necesita el bautismo, comuníquese con nuestro Director de RCIA, Dc. David French al
dfrench@sjparish.org
501-327-6568
Requisitos para los padres:
Para bautizar a su hijo en la Iglesia de San José, debe:
1. Estar registrado en la parroquia: para registrarse, comuníquese con la oficina parroquial o vaya a "Acerca de nosotros" y haga clic en "Hágase miembro" en este sitio web. Una vez que se haya registrado, comenzará a recibir sobres de diezmo por correo.
2. Asista activamente a Misa: la asistencia a Misa se controla a través de los sobres de diezmo (con o sin contribución) colocados en la canasta de ofrendas en la Misa. Si olvida sus sobres, ¡cualquier pedazo de papel con su nombre y fecha colocado en la canasta de ofrendas funcionará!
3. Asistir a una clase de bautismo (esto se puede hacer antes o después del nacimiento del niño): los padres deben asistir a una clase de bautismo antes del bautismo de su hijo. La clase debe repetirse si han pasado más de 5 años desde la última asistencia. Puede inscribirse para la clase cuando llame o envíe un correo electrónico sobre el bautismo. Los padres Y los padrinos deben asistir a una clase.
4. Se debe completar un formulario de registro bautismal. Este formulario se puede completar en la oficina parroquial o se le puede enviar por correo electrónico.
Requisitos para ser padrino: ***TODOS estos requisitos deben cumplirse para que una persona pueda ser padrino***
1. CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO: CAPÍTULO IV: PATROCINADORES
872 En la medida de lo posible, al que va a ser bautizado se le ha de dar un padrino que ayude al adulto en la iniciación cristiana o que, junto con los padres, presente al niño para el bautismo. El padrino también le ayuda a llevar una vida cristiana conforme al bautismo y a cumplir fielmente las obligaciones inherentes al mismo.
Canon 873 El padrino o la madrina deben ser uno solo, o ambos.
Canon 874 § 1. Para que se le conceda ejercer la función de padrino se requiere:
1/ ser designado por el que ha de ser bautizado, por los padres o por quien hace sus veces, o en su defecto por el párroco o ministro y tener aptitud e intención de cumplir esta función;
2/ haber cumplido dieciséis años de edad, a no ser que el Obispo diocesano haya establecido otra edad o el párroco o ministro haya concedido excepción por justa causa;
3/ ser católico, haber sido confirmado y haber recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía y llevar una vida de fe acorde con la función que ha de asumir;
4/ no estar sujeto a ninguna pena canónica legítimamente impuesta o declarada (esto significa que si el futuro padrino o madrina está casado, este matrimonio debe ser un matrimonio válido y reconocido en la Iglesia Católica);
5/ no ser el padre o la madre del que ha de ser bautizado.
De: https://www.vatican.va/archive/cod-iuris-canonici/spa/documents/cic_lib4-cann834-878_sp.html
2. Debe estar en regla con la Iglesia.
3. a. Si el padrino es miembro de la parroquia de San José: i. Debe ser un miembro registrado de la parroquia que asista activamente a Misa ii. Debe asistir a una clase de bautismo. b. Si es un miembro registrado de otra parroquia católica, deberá obtener una "Carta de buena reputación" de esa parroquia que indique que es un miembro registrado, que tiene permiso para ser padrino en nuestra parroquia, que está en regla con la iglesia y que ha cumplido con todos los requisitos que su parroquia tiene para el bautismo (por ejemplo: una clase de bautismo, asistencia a Misa).
Esta carta debe recibirse ANTES del bautismo y sellarse con el sello de la iglesia.
***TENGA EN CUENTA que se debe entregar toda la documentación (por ejemplo: formularios de registro de la iglesia y/o bautismo, cartas de buena conducta, certificado de la clase de bautismo, etc.) para programar el bautismo***
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